Oficina de 375m² en Avanti Bloque Sur
Hace unas semanas, un vendedor se me quejaba amargamente de lo que había pagado por el impuesto de plusvalía en la venta de su vivienda en Capistrano, Nerja, a un matrimonio sueco, a pesar de que en realidad no se había obtenido beneficio alguno.
Me acordé entonces de un artículo que publicamos en junio de 2014 sobre este asunto, en el que difundíamos la noticia de una nueva jurisprudencia que defendía la posición de los contribuyentes que habían vendido un inmueble con pérdidas y, además, eran obligados por el Ayuntamiento a pagar el impuesto de plusvalía, a pesar de que no se había obtenido beneficio alguno por la venta de ese inmueble.
En los dos años y medio transcurridos desde la publicación de aquel artículo, la posición de los contribuyentes para poder reclamar la devolución de lo que habían pagado en concepto de plusvalía municipal por la venta de sus viviendas sin haber obtenido beneficio alguno ha mejorado y, probablemente, el Gobierno se verá obligado a modificar la Ley para evitar que los ayuntamientos sigan exigiendo el pago en estas situaciones.
En primer lugar, si quieren anular el recibo del impuesto de plusvalía recibido del ayuntamiento, deben saber que primero tienen que pagarlo y luego presentar una reclamación, y entonces no les quedará más remedio que recurrir a los tribunales para reclamar la devolución.
TDP GR Nebbiolo
El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), conocido como “Plusvalía”, está siendo cuestionado en todos sus aspectos. El Ministerio de Justicia ya se pronunció sobre la injusticia de este impuesto por la venta de inmuebles con resultado de pérdida, pero ahora son los propios Ayuntamientos los que están actuando al respecto.
Recientemente el Ayuntamiento de Nerja ha aprobado acciones para reducir el pago de la Plusvalía en casos de herencia. El pasado mes de enero, el Ayuntamiento aprobó una reducción del 95% en este impuesto, que es el máximo que permite la ley.
Siguiendo el ejemplo de lo ya aprobado en Rincón de la Victoria, el Consistorio nerjeño se une al exclusivo club de Ayuntamientos que reducen la carga fiscal en casos de herencia, sin condiciones previas de empadronamiento o convivencia en la localidad, como exigen otros muchos consistorios. En este pequeño club también se encuentran en estos momentos en la provincia de Málaga ciudades como Ronda, que reduce un 80% a los familiares directos, y Alhaurín de la Torre, con una reducción del 50%.
Video – Exclusivos apartamentos frente a playa en Punta Cana
En España, la plusvalía (formalmente conocida como Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana) se devenga cada vez que se transmite una propiedad urbana por venta, herencia o donación. Si se vende una propiedad, el responsable del pago es el vendedor, aunque esto puede ser negociado por vendedores y compradores, pero cuando se hereda o se recibe como donación, el responsable es el beneficiario. El pago del impuesto debe efectuarse en un plazo de 30 días a partir de la fecha de transmisión.
Hasta ahora, la plusvalía la cobraban los ayuntamientos sobre el presunto incremento del valor de los terrenos urbanos sobre los que se había edificado y se calculaba en función del aumento del valor catastral o imponible del terreno durante el transcurso de la propiedad. La lógica es que los ayuntamientos añaden valor a las propiedades urbanas mejorando los servicios y las infraestructuras que las rodean, por lo que merecen una parte de cualquier ganancia de valor que se produzca durante la propiedad. Por regla general, cuanto más tiempo se es propietario de un inmueble, más impuestos hay que pagar.
Reunión de la comunidad sobre lasd gangs
VALENCIA – El Ayuntamiento de Valencia aumentará la Plusvalía para frenar la “venta especulativa de viviendas” mediante una actualización del coeficiente de Plusvalía. La Plusvalía es el impuesto que grava el incremento de valor del suelo sobre el que se asienta la vivienda.
La plusvalía es uno de los impuestos más destacados en la venta de inmuebles. Lo recauda el municipio donde se ubica el inmueble. El aumento del coeficiente se aprobó el 20 de enero. En consecuencia, se aplica a las operaciones en las que la casa vendida ha tenido el mismo propietario durante menos de un año. En ese caso, la venta se considera “especulativa”.
Según la alcaldesa en funciones, Sandra Gómez, la medida ayuda al municipio a luchar contra los llamados fondos buitre. Todos aquellos que ven en la vivienda un bien con el que especular y enriquecerse en lugar de un derecho fundamental de los habitantes.
De este modo, Valencia gravará más la propiedad especulativa de la vivienda. Según Idealista.es, la actualización supone una subida de impuestos del 13% para los inmuebles que lleven menos de un año en manos del mismo propietario. La reducción, en cambio, para las ventas de inmuebles que lleven al menos 14 años en manos de un mismo propietario será del 43% de media.